Fiscalidad de Criptoactivos
La fiscalidad de criptoactivos es un tema en constante evolución y es importante que los inversores en criptomonedas consulten con expertos fiscales para cumplir con las normativas locales y evitar posibles sanciones fiscales. Con anterioridad a 1971, la creación de dinero estaba respaldada por la tenencia por los estados de una cantidad equivalente en oro. Pero desde el fin del sistema de Bretton Woods, se opera con el paradigma del dinero FIAT: un dinero que no tiene valor por sí mismo, cuyo único respaldo es la confianza en su emisor.
Bitcoin supone una propuesta revolucionaria, que trata de resolver los problemas del dinero FIAT. Es una moneda digital abierta y descentralizada, que cuida la privacidad. No está controlada por ninguna autoridad, pública o privada. Su precio se determina mediante la oferta y demanda y la emisión de moneda está limitada a 21 millones de bitcoins; ni uno más, ni uno menos. Esto hace de bitcoin una moneda deflacionaria, en contraposición con el dinero FIAT.
El uso de blockchain, proof of work y otras tecnologías en el mundo financiero permite obtener seguridad en las transacciones sin depender de un tercero de confianza o intermediario. Ello ha dado lugar a la proliferación de nuevos activos, servicios y medios de pago, de extraordinaria complejidad, en muchos casos difíciles de localizar geográficamente y de calificar a efectos de su tributación.
En Espacio Económico nos aseguraremos de que cumplas con tus obligaciones, minimizando el coste de tributación en todo tipo de operaciones, como compraventa, staking, minado, airdrops, futuros, crowdlending, etc. Es por ello que contamos con un servicio de Declaración de Renta con criptomonedas.
A continuación, figura una breve guía de la fiscalidad para las personas físicas (no de las sociedades) de las operaciones más comunes que se dan en el mundo cripto. En cuanto al Impuesto sobre la Renta, es importante saber distinguir entre la “base imponible del ahorro” y la base imponible general. En el caso de la base del ahorro, desde el año 2023 los tipos impositivos están comprendidos entre el 19% y el 28%.
A modo de ejemplo, los primeros 6.000,00 euros de renta tributarán al 19%, mientras que los siguientes 44.000 euros (hasta 50.000,00) lo harán al 21%. La tributación en la base imponible general para contribuyentes con ingresos elevados puede superar incluso el 50% (dependiendo de cada autonomía).
Compra venta de criptomonedas
La conversión de criptomonedas a euros da lugar a una variación patrimonial, por diferencia entre el valor de venta y el de compra. Las comisiones de compra y venta abonadas a los exchanges, son computables para el cálculo de la ganancia o pérdida.
Si se han realizado compras de la misma criptomoneda en momentos distintos, se seguirá un criterio FIFO, de forma que se entiende que las primeras cripto adquiridas son las primeras que se venden, y ello con independencia de que hayan sido adquiridas y vendidas en exchanges diferentes.
La compra de cualquier producto o servicio con una tarjeta de crédito para pagar con criptomonedas da lugar a una ganancia o pérdida patrimonial en IRPF, ya que las criptomonedas se convierten a euros (el comerciante recibe euros).
La ganancia o pérdida obtenida tributará en el IRPF en la base imponible del ahorro, a unos tipos comprendidos entre el 19% y el 28%
Permuta de criptomonedas
La permuta de una criptomoneda por otra da lugar a una ganancia o pérdida patrimonial, que tributará en la base imponible del ahorro. Esta ganancia o pérdida se calculará por diferencia entre el valor de adquisición de la criptomoneda que se cede y el mayor entre el valor de la criptomoneda que se recibe a cambio, o su valor de mercado.
La compra de un bien o servicio con criptomonedas también es una permuta: se intercambia el bien o servicio adquirido por la criptomoneda.
Aportación de liquidez a un Exchange descentralizado
Las “liquidity pools” son reservas de fondos almacenados dentro de contratos inteligentes a disposición de un Exchange descentralizado.
La aportación de liquidez a una liquidity pool no tributa. Tampoco se debe tributar por la recepción de los tokens de la liquidity pool (tokens LP). Sí debe de tributarse por la recompensa que se percibe por la aportación de liquidez, como rendimiento del capital mobiliario.
Cuando se devuelvan los tokens LP, se puede producir una alteración patrimonial, ya que se puede recibir una cantidad diferente de cada una de las criptomonedas aportadas inicialmente. Como hemos visto anteriormente, esta operación tributará en la base imponible del ahorro.
Farming de criptomonedas
Los tokens LP recibidos en las aportaciones de liquidez a las liquidity pools se pueden “sembrar” para obtener otros tokens ofrecidos por el Exchange: a esta operación se la denomina “farming”. El farming de criptomonedas se considera un rendimiento del capital mobiliario, que se integrará en la base imponible del ahorro.
Minado de criptomonedas
Si el minero es una persona física, es decir, si no es una sociedad, la minería de criptomonedas se considera una actividad económica a efectos del IRPF. Se podrán deducir todos los gastos incurridos en el desarrollo de la actividad, siempre que estén justificados documentalmente y contabilizados, como la electricidad, amortización de los equipos informáticos y la cuota de autónomos.
La actividad de minado no está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que tampoco es posible deducirse el IVA soportado en las compras de bienes y servicios.
En el “Cloud mining” o Minería en la nube, no se desarrolla la actividad directamente, sino que se alquila la capacidad de computación a terceros. En este caso nos encontramos ante un rendimiento del capital mobiliario por la cesión a terceros de capitales propios, por lo que tributa en la base imponible del ahorro.
Staking de criptomonedas
Si se posee un nodo validador propio, la fiscalidad es idéntica a la del minero: se obtienen rendimientos de la actividad económica en IRPF y la actividad no está sujeta a IVA.
Si el staking se desarrolla a través de un Exchage o plataforma, o de una “pool de staking”, se obtendría un rendimiento del capital mobiliario, que se integra en la base imponible del ahorro.
Futuros de criptomonedas
En la mayor parte de los casos estos contratos tributan en IRPF como cualquier otro futuro financiero: ganancia o pérdida patrimonial que se integrará en la base imponible del ahorro.
Crowdloans de criptomonedas
El crowdlending permite obtener o conceder préstamos a través de una plataforma. Los inversores eligen qué proyectos desean financiar, a cambio de una determinada rentabilidad. En el crowdlending de criptomonedas los prestamistas reciben habitualmente como interés un token.
Este rendimiento obtenido se considera una cesión a terceros de capitales propios, y tributará como rendimientos del capital mobiliario integrados en la base imponible del ahorro.
Airdrops
Se trata del reparto gratuito de criptomonedas o tokens con fines promocionales. Su obtención tributa como ganancia patrimonial a integrar en la base general. Es decir, tributan en la misma escala que los rendimientos del trabajo o de actividades económicas, por lo que tienen un tipo impositivo mayor que las ganancias patrimoniales que van a la base imponible del ahorro.
Tokens no fungibles (NFTs)
Analizamos dos posibilidades:
Venta de un NFT producto de la actividad desarrollada por un artista (persona física).
- El ingreso se calificará en IRPF como rendimiento de la actividad económica.
- Si la venta se localiza en territorio de aplicación del IVA español, estará exenta en IVA.
Venta de un NFT por un particular (no artista):
- Recibirá el tratamiento de ganancia o pérdida patrimonial a integrar en la base imponible del ahorro.
- Podría estar sujeta el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, dependiendo de dónde se considere que se encuentra situado el NFT y de si se entiende que produce efectos jurídicos o económicos en territorio español. Esta es una cuestión compleja, que requiere un estudio para cada caso concreto.
En resumen, la fiscalidad de criptoactivos se refiere al conjunto de normas y regulaciones fiscales que se aplican a las transacciones con criptomonedas, incluyendo Bitcoin. En muchos países, las ganancias obtenidas por la compra y venta de criptomonedas están sujetas a impuestos, y los titulares de criptomonedas deben declarar estas ganancias en sus declaraciones de impuestos.
Desde Espacio Económico, contamos con un equipo de expertos en Asesoramiento Fiscal, por lo que si tienes dudas sobre este tema, puedes ponerte en contacto con nosotros.