La Disposición adicional undécima de la Ley 16/2022, de Reforma Concursal reduce los plazos de pago en los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas tributarias.
Actualmente, los plazos máximos para pagar los aplazamientos y fraccionamientos, regulados por la Instrucción 1/2017 de la Agencia Tributaria, van desde los 12 hasta los 36 meses. A partir de 1 de enero de 2023, el plazo máximo aplicable en la mayor parte de los casos será de solo 6 meses. El plazo de 12 meses solo resultará de aplicación cuando el obligado al pago carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda y la ejecución de su patrimonio pudiera afectar sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo.